Principios Legales y Éticos

Principios Legales y Éticos

  1. El personal designado por cada una de las partes para la intervención en trabajos derivados del acuerdo de adherencia a RISA, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia del centro de su adscripción, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral entre el personal comisionado y la contraparte.
  2. Las partes que integran RISA se comprometen a invitar a otros grupos académicos establecidos en Latinoamérica u otras partes del planeta, que cumplan con compartir los principios establecidos en el acta de constitución de RISA y una o varias líneas de investigación de cada uno de ellos.  Para ello se efectuará la evaluación de la propuesta de integración del nuevo grupo o persona, ya sea en formato de reunión personal o a través de los medios de comunicación más apropiados para la ocasión. 
  3. Las dudas o controversias que se susciten con relación a la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente acuerdo de colaboración, así como todo aquello que no esté expresamente previsto en el mismo, se resolverán de común acuerdo entre las partes.
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