Requisitos de Grado

Requisitos de Grado

Grado: es el acto académico por medio del cual la Universidad de Boyacá confiere el título ofrecido por el programa cursado y aprobado por el estudiante que haya cumplido con los requisitos exigidos en el presente Reglamento.

REQUISITOS PARA OBTENER TÍTULO DE PREGRADO 

Grado

El candidato debe cumplir con los siguientes requisitos:

a. Haber cursado y aprobado el plan curricular y completar el número de créditos del respectivo programa académico.

b. T ener un promedio aritmético acumulado igual o superior a tres punto tres (3.3). Cuando el estudiante no alcance dicho promedio, debe presentar un examen integral, previa autorización del Consejo Académico, y aprobar con tres punto cinco (3.5) o más. El estudiante debe efectuar la cancelación del valor establecido.

c. En los casos de transferencia externa, haber cursado en la Institución por lo menos el 60% de las asignaturas del programa, salvo casos excepcionales a juicio del Consejo Académico.

d. Presentar y aprobar el examen de grado y/o los exámenes preparatorios. e. Demostrar competencias comunicativas en una segunda lengua con el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Universidad.

f. Presenta r , sustentar y aprobar el trabajo de grado u otras alternativas que sean aprobadas por el Consejo Directivo.

g. No tener investigación disciplinaria en curso. Lo anterior sin perjuicio de los programas para los que la Ley y el Reglamento señalen requisitos específicos de grado.

EXAMEN DE GRADO

Grados

 

ARTÍCULO 85. Examen de Grado.

De conformidad con lo previsto en el presente reglamento, el examen de grado de los programas académicos de la Universidad de Boyacá, cualquiera que sea su denominación, es aprobado con una nota igual o superior a tres punto cinco (3.5). En los programas que, para efectos de obtener el título profesional, se exija la presentación de exámenes preparatorios, estos son equivalentes al examen de grado de acuerdo con la reglamentación específica. Los exámenes preparatorios para el programa de Derecho y Ciencias Políticas deben presentarse y a probarse en los plazos establecidos para grado en el presente Reglamento. Para el programa de Medicina, el examen de grado se aplica de la siguiente manera: a. Examen de Ciencias Básicas: versa sobre las competencias adquiridas en los semestres básicos, el cual debe ser presentado en el transcurso del V semestre académico y es requisito indispensable para continuar cursando 31 las asignaturas clínicas. En caso de no ser aprobado puede presentarlo sin necesidad de estar matriculado. b. Examen de Ciencias Clínicas: versa sobre las competencias adquiridas en las rotaciones clínicas y se presenta una vez termine el semestre X. Parágrafo. La nota aprobatoria para cada uno de los exámenes de Ciencias Básicas y Ciencias Clínicas es de tres punto cinco (3.5) en la escala de cero punto cero (0.0) a cinco punto cero (5.0). En caso que un estudiante pierda el examen de Ciencias Básicas, de Ciencias Clínicas o examen de grado, puede presentarlo nuevamente dentro del calendario establecido por la Facultad, con un intervalo no inferior a 30 días.

ALTERNATIVAS DE GRADO

Grados

 

ARTÍCULO 86. Definición.

Las alternativas de grado son las opciones que tiene el estudiante de escoger una modalidad que le permita cumplir con los requisitos para optar a un título profesional. Las alternativas de grado pueden se r , entre otras: Semilleros de Investigación, Semestre de Grado, Trabajo en Proyección Social y Trabajo de Grado.

ARTÍCULO 87. Autorización de la Alternativa de Grado.

El estudiante debe solicitar por escrito autorización al Consejo de Facultad para optar por una de las alternativas de grado o para cambiarla. Los estudiantes que pertenecen a programas con reglamentación específica no pueden acceder a esta opción para obtener el título profesional. Los estudiantes que realicen prácticas clínicas deben culminar las prácticas para optar por la alternativa de semestre de grado.

ARTÍCULO 88. Semillero de Investigación.

El estudiante puede participar activamente en un semillero de investigación, por lo menos durante tres semestres académicos consecutivos, para ser aceptado debe tener un promedio acumulado igual o superior a tres punto cinco (3.5) y obtener los resultados del reglamento específico.

ARTÍCULO 89. Semestre de grado.

Cursar y aprobar un semestre de grado ofrecido por la Universidad de Boyacá o en convenio con otras universidades, de acuerdo con la reglamentación específica expedida por el Consejo Directivo. Los estudiantes que opten por cursar semestre de grado se rigen, además del presente Reglamento, por el Reglamento de Postgrados de la Universidad de Boyacá. Reglamento Estudiantil 32

ARTÍCULO 90. Proyección Social.

Participar en un programa de proyección social con una empresa, institución u organización sobre un proyecto o trabajo concreto en un tiempo mínimo de tres semestres académicos consecutivos. La aceptación, aprobación e intensidad están sujetas a las disposiciones específicas que lo reglamentan.

ARTÍCULO 91. Proyecto de Grado.

Es un estudio realizado sistemáticamente y que corresponde a necesidades o problemas concretos de determinada área del sabe r . Implica un proceso de observación, exploración, diagnóstico, descripción, interpretación, explicación, planteamiento de soluciones o recomendaciones sobre un tema o tópico espec ífico; es requisito para optar al título de pregrado. Los acuerdos reglamentarios de las alternativas de grado forman parte del presente Reglamento.

ARTÍCULO 92. Distinciones para las Alternativas de Grado.

La distinción que la Universidad otorga a semillero de investigación, proyección social y proyecto de grado, es meritoria.

ARTÍCULO 93. Requisitos Alternativa de Grado Meritorio.

Para otorgar la mención meritoria se tienen en cuenta los siguientes criterios: a. La calidad científico - técnica y el aporte social sobresaliente del trabajo. b. La correcta comprensión y el ingenio en el tratamiento adecuado de los aspectos complejos del tema. c. Los aspectos novedosos en la aplicación rigurosa y apropiada del método investigativo seleccionado. d. Los aportes en el análisis y la aplicación de los resultados. e. El uso adecuado del idioma castellano. f. Nota mínima de cuatro punto cinco (4.5). En el evento en que los jurados consideren de forma unánime que la alternativa de grado debe ser declarada meritoria, dejan constancia en el acta y lo presentan ante el C.I. El Comité de Investigación o Comité de Proyección Social evalúa su pertinencia y , en caso de emitir concepto favorable, lo pone en consideración del Consejo Académico, instancia que puede recomendarlo al Consejo Directivo para tomar la decisión final.

DISPOSICIONES GENERALES PARA LAS ALTERNATIVAS DE GRADO, EXAMEN DE GRADO Y/O PREPARATORIOS.

Grados

 

ARTÍCULO 94. Términos y Condiciones para la Presentación de Alternativas de Grado, Examen de Grado y/o Preparatorios.

Las alternativas de grado, el examen de grado y/o preparatorio y el examen de proficiencia en una segunda lengua, deben ser presentados y aprobados en el término máximo de cuatro 33 (4) semestres académicos consecutivos contados a partir de la terminación de asignaturas. S i el estudiante graduando no aprueba alguno de los requisitos para grado mencionados en el presente artículo durante el plazo establecido, puede solicitar una prórroga al Consejo de Facultad, la cual no puede exceder dos (2) semestres académicos consecutivos. Dentro del término de esta prórroga el estudiante debe cursar y aprobar mínimo tr s asignaturas del programa de pregrado o un semestre de postgrado; dichas asignaturas son definid s por el Consejo de Facultad. Para optar al título de pregrado el estudiante debe cumplir con la totalidad de requisitos previstos en el Reglamento. En caso de no cumplir con los requisitos de grado en los términos de la prórroga, el estudiante graduando pierde la condición de estudiante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del presente Reglamento. La cancelación de los derechos de grado sólo se efectúa una vez el estudiante haya culminado académicamente, entregue el paz y salvo de grado, presente y apruebe el examen de grado, el examen de proficiencia en una segunda lengua y haya aprobado la alternativa de grado. El paz y salvo de grado se debe solicitar en la Secretaría General con mínimo cinco (5) días hábiles de antelación al plazo fijado en el calendario académico para entrega de documentos de grado.

REQUISITOS PARA OBTENER EL TÍTULO DE POSTGRADO

Grados

 

Artículo 76: Requisitos para Obtener el Título de Postgrado en la Universidad de Boyacá 

El candidato debe cumplir con los siguientes requisitos:

a. Haber cursado y aprobado la malla curricular y, completar el número de créditos del respectivo programa académico.

b. Tener un promedio aritmético acumulado igual o superior a tres punto cincuenta (3.50) Cuando el estudiante no alcance dicho promedio, debe presentar un examen supletorio hasta obtener el promedio exigido, caso en el cual el Consejo Académico definirá la o las asignaturas sobre las cuales versa dicho examen. El estudiante debe efectuar la cancelación del valor establecido.

c. En los casos de transferencia, haber cursado en la Institución por lo menos el 60% de los créditos del respectivo programa, salvo casos excepcionales a juicio del Consejo Académico.

d. Acreditar competencias en el manejo de una segunda lengua para los programas de maestría, presentando certificación que compruebe proficiencia de acuerdo con lo establecido por el Consejo Directivo.

e. Presentar, sustentar y aprobar el trabajo de grado o tesis para los programas de maestría o doctorado.

f. Presentar, sustentar y aprobar el trabajo de grado o una de las alternativas de grado aprobadas por el Consejo Académico para los programas de especialización.

g. Presentar el original y fotocopia de la libreta militar.

h. No tener investigación disciplinaria en curso. Lo anterior sin perjuicio de los programas para los que la Ley y el Reglamento señalen como requisitos específicos de grado.

ARTÍCULO 77: Trabajo de Grado.

Es un estudio realizado sistemáticamente y que corresponde a necesidades o problemas concretos de determinada área del saber. Implica un proceso de observación, exploración, diagnóstico, descripción, interpretación, explicación, planteamiento de soluciones y recomendaciones sobre un tema o tópico específico; es requisito para optar al título de postgrado.

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